Antes de empezar: reúne tu documentación

Para reclamar una factura impagada, necesitas poder demostrar dos cosas: que realizaste el trabajo y que el cliente debía pagarlo. La documentación clave:

  • La factura — con número, fecha, importe, datos fiscales de ambas partes y fecha de vencimiento
  • El contrato o presupuesto firmado — o en su defecto, emails de aceptación del presupuesto
  • Prueba de entrega — emails, accesos a archivos entregados, conversaciones de WhatsApp confirmando la entrega
  • Comunicaciones anteriores — todos los intercambios donde el cliente reconozca la deuda

Sin estos documentos puedes igualmente reclamar, pero el proceso se complica. Guarda siempre todo por escrito.

Importante: El plazo de prescripción de las deudas comerciales en España es de 5 años. No tienes que actuar hoy mismo, pero cuanto más esperes, más difícil es cobrar. La tasa de éxito cae drásticamente a partir del mes 3.

El protocolo de 4 fases: cuándo actuar y cómo

7
días
Fase 1 — Recordatorio amable
A los 7 días del vencimiento, manda un email breve y cordial. Asume que puede ser un olvido. Menciona el número de factura, el importe y la fecha de vencimiento. No acuses ni amenaces. Pide confirmación de recepción.
40% de casos se resuelven aquí
14
días
Fase 2 — Reclamación formal por email
Si no hay respuesta, sube el tono. Menciona que la factura está vencida desde X fecha, que has intentado contactar sin éxito y que te ves en la necesidad de formalizar la reclamación. Incluye los datos del contrato y advierte que devengan intereses de demora (Euribor + 8% según la Ley 3/2004).
60% de casos acumulados resueltos
21
días
Fase 3 — Burofax con acuse de recibo
El burofax es el primer paso legal real. Lo envías desde cualquier oficina de Correos. Acredita fehacientemente que has reclamado el pago — el cliente ya no puede alegar que no lo sabía. Incluye el importe, los intereses devengados y un plazo final para el pago (típicamente 5-10 días hábiles).
78% de casos acumulados resueltos
30+
días
Fase 4 — Juicio monitorio o acción legal
Si el burofax no funciona, puedes iniciar el juicio monitorio ante el juzgado. Para deudas de hasta 30.000€ no necesitas abogado ni procurador. El juzgado requiere al deudor que pague en 20 días hábiles o se oponga. Si no hace nada, puedes ejecutar la sentencia directamente.
Recuperación final: 85-90%

Cómo enviar el burofax correctamente

El burofax se puede enviar desde cualquier oficina de Correos o a través de correos.es online. Puntos importantes:

  • Pide siempre acuse de recibo con certificación del contenido — así queda registrado no solo que lo recibió, sino qué decía
  • Envíalo al domicilio fiscal del cliente, no a su sede social si son diferentes
  • Guarda el resguardo del envío y el acuse de recibo como prueba documental
  • El coste es aproximadamente 7-15€ según el tamaño del documento

Qué debe decir el burofax

El contenido del burofax debe incluir: identificación de ambas partes (nombre, NIF/CIF, dirección), descripción del servicio prestado, referencia al contrato o presupuesto, número y fecha de la factura, importe total adeudado, fecha de vencimiento, intereses de demora aplicables, plazo para el pago y advertencia de acciones legales.

Recurso: El Kit Anti-Impagos (17€) incluye un modelo de burofax listo para rellenar, con el texto completo y el fundamento en la Ley 3/2004 de morosidad. Solo tienes que añadir los datos de tu caso.

Intereses de demora: tu derecho que nadie te cuenta

Cuando un cliente comercial te paga tarde, tienes derecho a cobrar intereses de demora. En España, el tipo de interés de demora para operaciones comerciales (establecido por la Ley 3/2004) es el tipo de referencia del BCE + 8 puntos porcentuales. En la práctica, en 2026 son aproximadamente un 10-11% anual.

No es obligatorio reclamarlos, pero mencionarlos en la reclamación formal añade presión al deudor y es completamente legítimo. Úsalos como palanca de negociación.

El juicio monitorio: más fácil de lo que parece

Si llegas a esta fase, recuerda: para deudas de hasta 30.000€ no necesitas abogado ni procurador. El proceso:

  • Presenta la demanda en el Juzgado de Primera Instancia del domicilio del deudor
  • El juzgado notifica al deudor y le da 20 días para pagar u oponerse
  • Si no hace nada → automáticamente queda despacho de ejecución (puedes ir contra sus bienes)
  • Si se opone → pasa a juicio verbal (sin abogado si la deuda es inferior a 2.000€) o juicio ordinario (con abogado si supera esa cantidad)

La clave del monitorio es que el 70% de los deudores no se oponen — simplemente pagan al recibir la notificación del juzgado.

¿Qué pasa si no tienes contrato firmado?

Puedes igualmente reclamar. La ley española reconoce los contratos verbales y los acuerdos por email. Lo que necesitas es demostrar que hubo acuerdo y que prestaste el servicio. Sirven como prueba:

  • Emails donde el cliente acepta el presupuesto
  • Conversaciones de WhatsApp donde pide el trabajo
  • Capturas de pantalla de sistemas de gestión
  • Testimonios de terceros que estuvieron presentes
  • Transferencias parciales que ya te hayan hecho

Con contrato, el proceso es más limpio y rápido. Sin contrato, necesitas más documentación — pero es posible.

Lección para el futuro: Nunca empieces a trabajar sin al menos un email de confirmación del presupuesto. Es gratuito, tarda 30 segundos y puede valer miles de euros si algo sale mal.